ANEXOS

ARTÍCULO NOVENO.- La asociación podrá formarse por las siguientes calidades de asociados:
I.- Asociados Activos: Son las personas físicas o morales que acuden a la constitución de esta Asociación, así como todas aquellas cuya actividad se encuentre relacionada con la Industria Automotriz, y que con el carácter de asociados activos sean aceptadas posteriormente por acuerdo unánime tomado en Asamblea General de Asociados.
Los Asociados no tendrán responsabilidad personal por actos u omisiones de la Asociación, incluyendo cualquier responsabilidad de carácter laboral surgidos de cualquier relación laboral que pueda mantener la Asociación, y su responsabilidad quedará limitada en todo momento a las aportaciones que hagan de conformidad con los presentes estatutos.

ARTÍCULO DECIMO.- los asociados activos tendrán los siguientes derechos:
I.- Asistir y votar, en las asambleas generales de asociados, ejerciendo cada asociado, un solo voto.
II.- Tener acceso a la información de todos los asuntos, trámites y gestiones que realice la Asociación.
III.- Examinar los estados financieros de la asociación y tener acceso a los libros de contabilidad y demás documentos.
IV.- ser designado para desempeñar cargos directivos o de vigilancia, así como para integrar los comités que determine la Asamblea General de Asociados.
V.- en general gozar de todos los derechos y beneficios que en favor de los asociados establece la ley y estos estatutos.

ARTÍCULO DECIMO PRIMERO.- Son obligaciones de los asociados activos:
I.- Cubrir las cuotas ordinarias para la operación y consecución del objeto social, que sean determinadas por la Junta Directiva.
II.- Asistir con puntualidad a las Asambleas Generales de Asociados a las cuales sean debidamente convocados.
III.- Desempeñar con lealtad y eficiencia los cargos directivos o de vigilancia y/o como miembros de comité, que les sean encomendados por la Asamblea General de Asociados.
IV.- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en estos estatutos y los acuerdos tomados por la Asamblea General de Asociados.